Reglamento Interno
REGLAMENTO INTERNO PARA LA CONVIVENCIA EN CONDOMINIO DE PROPIEDAD
EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMÚN DE LA “RESIDENCIAL MONTE CAOBA”
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo No 1
El presente Reglamento Interno de propiedad horizontal es el conjunto de normas que definen la amplitud y limitación del derecho de propiedad en el inmueble
denominado CONDOMINIO RESIDENCIAL MONTE CAOBA.
Tiene carácter obligatorio para toda persona natural o jurídica que adquiera u ocupe cualquiera de las secciones independizadas del mismo, bajo cualquier título, sea como propietaria o como arrendataria, sin excepción, ni limitación alguna así como el personal a su servicio, quedando entendido que por el solo hecho de ser propietaria o tener uso de cualquier departamento del CONDOMINIO, queda obligada a respetar fielmente las disposiciones de este Reglamento y las que establezca la Junta de Propietarios, a fin de mantener determinadas líneas de conducta en resguardo del orden y bienestar colectivo.
Artículo No 2
El régimen a adoptarse es el de propiedad exclusiva y de propiedad común (Art. 38 Ley 27157), que regirá a las unidades inmobiliarias independizadas y a sus respectivas zonas comunes, así como las relaciones de las mencionadas áreas con los propietarios de las mismas, estableciendo los derechos y obligaciones de propiedad, copropiedad, uso, administración, etc., siendo de estricto cumplimiento para toda persona natural o jurídica que adquiera la propiedad de alguna unidad integrante del Condominio y para cualquier posesionario sea cual fuere la calidad de su título o posesión, sea en arrendamiento, subarrendamiento, uso o habitación, de conformidad con lo establecido en la Ley No 27157 y demás normas complementarias y conexas, y en las disposiciones del propio reglamento.
Documento completo adjuntado.